El TSJA confirma la condena de 20 años de cárcel por agresión sexual a sus dos sobrinos en Mancha Real

Los menores sufrieron los abusos durante años y denunciaron en 2019 cuando ya eran mayores de edad
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha refrendado la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén, que condenó a 20 años de prisión a un hombre que, presuntamente, abusó durante años de sus dos sobrinos, cuando eran menores. Ellos denunciaron en la Guardia Civil los hechos cuando alcanzaron la mayoría de edad, en septiembre de 2019.
De acuerdo con el auto, al que ha tenido acceso este diario, los primeros tocamientos a los menores se dieron entre 2002 y 2006, cuando el condenado y los niños compartieron vivienda primero en Mancha Real y después en Torres, donde el tío visitaba a los sobrinos con regularidad.
Los tocamientos se dieron inicialmente con la menor, cuando ella apenas tenía cuatro o cinco años, "en varias ocasiones" y "en partes íntimas". La niña no contó nada a los padres y los tocamientos siguieron, según expone la sentencia, hasta que el adulto incluso penetró vaginalmente a la menor "en una pluralidad de ocasiones no concretadas". La niña puso fin a la situación a la edad de 13 ó 14 años.
El acusado empleó las mismas tácticas, dada la confianza de ser familiar, con el hermano de la niña, cuando éste tenía 10 años. Durante tres años el tío presuntamente abusó de su sobrino con penetraciones y felaciones en el domicilio que compartían en Mancha Real.
LAS INDEMNIZACIONES
Los menores, avergonzados y abrumados por los hechos y por las indicaciones de su tío, comunicaron los abusos cuando alcanzaron la mayoría de edad, y registraron la denuncia ante la Guardia Civil en septiembre de 2019.
La sentencia establece que el acusado debe indemnizar con 30.000 a la sobrina y con 20.000, al sobrino. Además, debe estar a una distancia de ellos no inferior a 100 metros y tiene prohibido la comunicación de cualquier tipo.
El recurso de apelación de la defensa del acusado ha sido desestimado por el TSJA, que, entre otras cuestiones, entiende que la tardanza en denunciar no constituye "una razón suficiente" para desacreditar la credibilidad del testigo.
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