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El CBD se abre paso en España: un mercado de 136 millones de euros que la ley aún no sabe cómo tratar

Por Redacción - | Actualizado:
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El CBD se abre paso en España: un mercado de 136 millones de euros que la ley aún no sabe cómo tratar

La expansión de tiendas especializadas y comercios electrónicos convive con una normativa que distingue entre cosméticos, productos aromáticos, alimentos y preparados con cannabinoides

El cannabidiol, más conocido por sus siglas CBD, ha pasado en pocos años de ocupar un espacio casi residual a convertirse en uno de los derivados del cáñamo con mayor presencia comercial en España. Según el Informe del Mercado del Cannabis en España 2025 de Cannamonitor, el segmento del CBD genera ya más de 136 millones de euros anuales, con cerca de 700 tiendas especializadas y alrededor de 3.000 empleos directos, un crecimiento impulsado primero por el comercio electrónico y consolidado después por la apertura de puntos de venta físicos. Tiendas físicas, comercios electrónicos y marcas especializadas han ampliado una oferta que incluye flores, aceites, extractos, cosméticos y otros productos, aunque su regulación sigue generando dudas entre los consumidores.

Buena parte de la confusión parte de una asociación automática entre CBD y cannabis. No son lo mismo. El CBD es uno de los cannabinoides presentes en la planta, pero, a diferencia del THC, no se caracteriza por producir los efectos psicoactivos asociados tradicionalmente a la marihuana. Esa diferencia química, sin embargo, no significa que cualquier producto con cannabidiol pueda comercializarse sin restricciones.

El mercado español cuenta ya con operadores especializados como IberoHemp, cuyo catálogo refleja la diversificación que ha experimentado el sector: flores, resinas, aceites, extractos, semillas y accesorios, categorías que se someten a reglas diferentes en función de su composición, presentación y uso previsto.

Cosmético sí, alimento no: la barrera que frena al CBD en Europa

Uno de los puntos fundamentales está en distinguir entre productos cosméticos, ornamentales o aromáticos y aquellos destinados a la alimentación. En este último ámbito, la normativa europea es especialmente restrictiva.

El CBD se encuadra dentro de los denominados "nuevos alimentos" (novel foods) cuando se pretende incorporar a productos alimentarios o suplementos, conforme al Reglamento (UE) 2015/2283. Para que un nuevo alimento pueda comercializarse en la Unión Europea debe superar previamente el procedimiento de autorización correspondiente, gestionado a nivel comunitario por la EFSA. De hecho, los alimentos y suplementos con CBD siguen bloqueados en la práctica por esta normativa, lo que ha desplazado buena parte del mercado hacia el etiquetado cosmético.

Los productos cosméticos con CBD, por su parte, se rigen por el Reglamento (CE) 1223/2009, que exige que el cannabidiol utilizado no proceda de la parte de la planta con contenido psicoactivo relevante. Esto impide tratar de la misma manera, por ejemplo, un cosmético con cannabidiol y un aceite presentado para su consumo oral.

La situación obliga tanto a empresas como a consumidores a prestar especial atención al etiquetado y a la finalidad declarada del producto. También resulta relevante comprobar su composición, el origen de la materia prima y la información facilitada por el fabricante o distribuidor.

El desarrollo del comercio electrónico ha hecho todavía más visible este mercado. Basta una búsqueda para encontrar decenas de establecimientos que operan desde España y ofrecen productos derivados del cáñamo a clientes de diferentes comunidades autónomas. En la web de iberohemp.com, por ejemplo, se diferencian distintas familias de productos y se facilita información sobre variedades, concentraciones y características de cada referencia.

España, quinta potencia europea del sector

El crecimiento del sector también ha puesto sobre la mesa la necesidad de mejorar la información que recibe el consumidor. Expresiones como cáñamo industrial, CBD, cannabis o THC aparecen con frecuencia juntas, pese a que hacen referencia a conceptos y marcos regulatorios diferentes: el cáñamo industrial, por ejemplo, es legal para cultivo en España bajo ciertas condiciones (variedades autorizadas con THC inferior al 0,3%), mientras que el cannabis con fines recreativos permanece fuera de ese marco.

A nivel europeo, España se sitúa ya como quinta potencia del mercado de CBD, por detrás de Alemania, Reino Unido, Suiza y Austria, lo que confirma que el fenómeno no es solo local sino parte de una tendencia continental más amplia. En un mercado todavía en evolución, el etiquetado, la trazabilidad y la información sobre la composición se han convertido en elementos centrales tanto para las autoridades como para los operadores del sector.

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