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Confirmada la condena al responsable de seguridad de una discoteca por agredir a una mujer trans

Por Esperanza Calzado - Junio 17, 2024
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Confirmada la condena al responsable de seguridad de una discoteca por agredir a una mujer trans
Acceso a la sala de vistas de la Audiencia de Jaén. Foto: Fran Cano.

Los hechos ocurrieron en diciembre de 2021 y la pena impuesta por la Audiencia de Jaén fue de tres años de cárcel. Se le absolvió del delito de odio

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la sentencia dictada en marzo de 2023 que condena al responsable de seguridad de una discoteca de Jaén capital por agredir a una mujer trans. Los hechos ocurrieron en diciembre de 2021 y la pena impuesta por la Audiencia de Jaén fue de tres años de cárcel.

Tras analizar la apelación presentada por la defensa, el alto tribunal confirma de manera íntegra la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico. Tal y como se explica en ella, los hechos ocurrieron el 5 de diciembre de 2021. Sobre las seis de la mañana, el jefe de seguridad del centro de ocio recriminó a la víctima por colocar el abrigo y bolso sobre la barra de la discoteca.

Según la sentencia, se considera probado que la cogió en volandas, la tiró al suelo y la sacaron a la calle dos trabajadores de seguridad. Una vez fuera, el acusado comenzó a agredirla, la golpeó con patadas y puñetazos. Le ocasionó heridas en la cara y las mamas, produciéndole la pérdida de cuatro dientes incisivos centrales.

La Audiencia especificó que no estaba acreditado que el condenado actuara contra la víctima por su condición de transexual, ni que hubiera proferido insultos o expresiones homófobas. Es por eso que le absolvió de un delito de odio.

Sí que le condenó por delito de lesiones generadoras de deformidad a tres años de cárcel y el pago de 12.290 euros en concepto de indemnización a la víctima por secuelas y daños morales. También se le condenó al pago de las costas, incluidas las de la acusación particular.

La sentencia todavía no es firme. La defensa puede, ahora, recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.

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