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Cinco reducciones de pena por la ley del 'solo sí es sí'

Por Esperanza Calzado - Diciembre 10, 2023
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Cinco reducciones de pena por la ley del 'solo sí es sí'
Audiencia Provincial de Jaén. Foto: Lacontradejaén.

En lo que va de año año, la Audiencia Provincial de Jaén ha revisado 15 casos, de los que 5 han acabado con reducción de condena

Los tribunales han acordado al menos 1.233 reducciones de pena en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. Así se desprende de los datos recabados hasta noviembre por el Consejo General del Poder Judicial del Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales. Estas resoluciones han supuesto al menos 126 excarcelaciones.

En Jaén se han reducido cinco condenas al amparo de la ley del 'solo sí es sí', convirtiéndose en la provincia andaluza con menos casos de este tipo. Hasta el 1 de marzo, las reducciones eran tres. En el segundo trimestre se sumó una cuarta, y ahora, una quinta. 

Así, hasta el mes de noviembre, la Audiencia Provincial de Jaén ha revisado 15 casos, de los que 5 han acabado con reducción de condena. No se ha producido excarcelación alguna y tampoco hay ningún otro caso ahora mismo en trámite. 

Fue en diciembre cuando la Audiencia de Jaén anunció que revisaría las sentencias dictadas en delitos contra la libertad e indemnidad sexuales analizando caso por caso y actuaría tanto a petición de las partes como de oficio cuando se considere que existe la posibilidad de revisión de la condena impuesta. Se da la circunstancia que lo dijo un día después de que se conociera la sentencia contra dos acusados de violar a una joven durante las fiestas de Torres de Albanchez a la que se le aplicó conocida como 'la ley del sólo sí es sí'. 

El Ministerio Fiscal reclamaba para los acusados condenas de 12 años de cárcel. Sin embargo, se aplicó una pena de ocho años por cada delito por la aplicación de la norma penal más favorable considerando que el artículo 180.1. del Código Penal en su anterior redacción contemplaba la pena de 12 a 15 años de prisión por cada uno de los delitos de agresión sexual.

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