Puerta abierta a la regularización de más de 40.000 viviendas ilegales
El Consejo de Gobierno aprueba el decreto ley que resolverá el problema de las viviendas irregulares y poner fin a años de caos jurídico y urbanístico
"Que nadie piense que resolver esta problemática que afecta a tantas familias es sinónimo de amnistía". Es el primer aviso que ha hecho la consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Marifrán Carazo, tras anunciar la aprobación, en Consejo de Gobierno, del decreto ley que resolverá el problema de las viviendas irregulares.
En Andalucía existe un grave problema generado por las edificaciones construidas al margen de la legalidad urbanística. No cuentan con infraestructuras para los servicios básicos de saneamiento y abastecimiento de agua y electricidad, por lo que no tienen garantizadas las condiciones mínimas de seguridad y salubridad requeridas para su habitabilidad. El objetivo es resolver una situación que en Andalucía afecta a más de 300.000 familias, unas 40.000 en la provincia de Jaén.
Según los propios datos facilitados por la Consejería, la mayoría de esos inmuebles se concentran en La Campiña y Subbética de Córdoba y Jaén, con 16.150 entre las dos provincias. En el caso de los parques naturales de Cazorla, Segura y Las Villas, y Sierra Mágina, son 12.290. En la zona centro y norte de Jaén se concentran 8.803, mientras que en la 'comunidad registral' de Jaén son 7.479 viviendas.
Esta norma, en cuyo desarrollo será fundamental la colaboración de los propietarios y los ayuntamientos afectados, trata de integrar, normalizar y equilibrar el territorio andaluz, además de dar una respuesta clara a los dueños de estas edificaciones repartidas por toda la comunidad.
Marifrán Carazo ha resaltado que el decreto ley pone el acento en dos cuestiones: la protección ambiental y la simplificación de los procesos. El objetivo principal es mejorar las condiciones ambientales y paisajísticas de las agrupaciones de viviendas irregulares. Para su regularización se impondrán medidas destinadas a corregir los efectos del crecimiento desordenado e indiscriminado que provoca la sobreexplotación de recursos como el agua y el suelo.
TRES PILARES
Para la consejera, con este decreto ley no se pretende dar una "amnistía", ya que se priorizará "la actuación inspectora y sancionadora", pero al mismo tiempo se da una respuesta a la problemática actual sustentándose la norma en tres pilares.
El primer parte de la instrucción urbanística aprobada en mayo, que ampliaba la declaración de asimilado a fuera de ordenación (AFO). Esta figura no supone una legalización sino el reconocimiento de una situación de irregularidad ante la que, al prescribir el delito, no cabe adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad. La declaración AFO permite que los propietarios accedan al Registro de la Propiedad y a servicios básicos como el agua, la luz y el saneamiento, así como la posibilidad de realizar obras de conservación y mantenimiento.
Aceptada la posibilidad de la declaración de AFO para viviendas aisladas en general, la Junta se ha negado hasta la fecha a admitir dicha declaración para las edificaciones aisladas en suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable y también en las edificaciones situadas dentro de asentamientos (grupos de edificaciones). Para dichas situaciones había que esperar a la aprobación del planeamiento general y también del plan especial o plan parcial que lo desarrollase para poder acceder a los servicios básicos.
El nuevo decreto ley permite el acceso al AFO a cualquier edificación irregular, aunque con algunas excepciones, como las viviendas que están aún en plazo para restablecer la legalidad (seis años desde su construcción) o con sentencia. Tampoco podrán acogerse al decreto ley las viviendas que se asienten sobre suelos de especial protección.
En segundo lugar, los asentamientos debían figurar en los planes generales y, una vez superado ese paso, los ayuntamientos tendrían que desarrollar un plan especial o un plan parcial para cada uno de los asentamientos. Con este decreto ley todo municipio podrá formular, de manera inmediata, un plan especial para una agrupación de viviendas concreta que tenga o no aprobado su PGOU.
Hasta ahora, había que esperar nueve años de media para aprobar un PGOU, más los 20 meses que requería un plan especial. A partir de ahora, el problema se puede resolver en un plazo de entre 12 y 18 meses, en colaboración con los ayuntamientos.
Por último, el tercer pilar en el que se sustenta este decreto ley está en la incorporación de las agrupaciones de viviendas irregulares de carácter urbano a los planes generales. Los ayuntamientos deben prever en sus PGOU una serie de servicios mínimos, como equipamientos públicos o zonas verdes, si pretenden incorporar un asentamiento como urbano o urbanizable.
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