Prisión sin fianza para el padre de los menores de Alcalá
El Juzgado de Alcalá le imputa varios delitos, entre ellos un supuesto maltrato a su hija menor y se le prohíbe comunicarse con los menores
Prisión provisional, comunicada y sin fianza. Es lo que ha decretado el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Alcalá para Antonio Jesús M. C. tras tomarle declaración en sede judicial jiennense después de ser detenido en Portugal. Los delitos por los que ha sido ordenada su prisión son un supuesto maltrato habitual en el ámbito familiar y presuntos delitos de amenazas, coacciones, maltrato sobre la hija menor, desobediencia a los agentes de la autoridad y tenencia ilícita de armas.
Fue el jueves cuando los tres menores de Alcalá la Real que habían sido sustraídos por su padre fueron entregados a su madre. El proceso se llevó a cabo en Faro, Portugal y en el que intervino la Policía de Seguridad Pública de Portugal junto con un equipo de la Policía Judicial de Jaén.
Por otro lado, el Juzgado también ha acordado conceder una orden de protección a la pareja del detenido y madre de los niños. Como medida cautelar durante la instrucción de la causa y hasta que recaiga resolución firme que ponga fin a la misma, se impone al mismo la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros a la madre y a sus tres hijos de la pareja, al domicilio donde residan, a su lugar de trabajo o estudio o a cualquier lugar donde éstos se encuentren o sea frecuentado por ellos. También se le impone la prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio informático o telemático, contacto escrito o verbal.
En cuanto a las medidas civiles, el Juzgado ha determinado que se atribuye la guarda y custodia de los tres hijos menores a su madre, con quién estarán, atribuyendo también a ésta el ejercicio en exclusiva de la patria potestad. Ello atendida la corta edad de los menores (uno de ellos aún lactante) y la conducta mostrada por el investigado despreciando su seguridad y salvaguarda.
MEDIDAS CIVILES
Asimismo, se le concede a la madre el uso y disfrute del domicilio familiar sito en Alcalá la Real. Se acuerda la suspensión temporal de la patria potestad del padre sobre los tres hijos menores, y en consecuencia, no se establece ningún régimen de visitas ni de comunicación o estancia con ellos. "Los motivos de ello son no sólo la conducta mostrada por el investigado despreciando su seguridad y salvaguarda, trasladándolos a otro país sin informar a nadie y dándose a la fuga en su vehículo cuando le acompañaban, sino también los presuntos malos tratos que habrían inferido a los menores y que restan por investigar", dice la resolución.
Se acuerda la fijación de una pensión alimenticia a favor de los hijos menores y a cargo del padre de 600 euros mensuales (200 euros por mes para cada hijo). Tal cantidad se estima proporcionada atendido el hecho de que le fue aprendida al investigado una importante cantidad de dinero que revela que cuenta con solvencia y una extensa capacidad económica.
Las medidas civiles acordadas en la presente resolución tendrán una vigencia temporal de 30 días. Sí dentro de este plazo fuese incoado a instancia de la víctima o de su representante legal un proceso de familia ante la jurisdicción civil las medidas adoptadas permanecerán en vigor durante los treinta días siguientes a la presentación de la demanda. En este término las medidas deberán ser ratificadas, modificadas o dejadas sin efecto por el juez de primera instancia que resulte competente, artículo 544 ter apartado 7 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Finalmente, todas las medidas contenidas en los dos autos dictados ayer por el Juzgado Número 1 de Alcalá fueron adoptadas por la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de la localidad en sustitución ordinaria de la titular.
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