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Diez años de internamiento psiquiátrico por apuñalar a su vecina

Por Esperanza Calzado - Noviembre 30, 2023
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Diez años de internamiento psiquiátrico por apuñalar a su vecina
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la decisión tomada por la Audiencia Provincial de Jaén por el caso ocurrido en Jódar

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso presentado contra la medida de seguridad que dictó la Audiencia Provincial de Jaén en junio de 2023 que imponía a un hombre un internamiento psiquiátrico de diez años por apuñalar a su vecina. Los hechos ocurrieron en Jódar y el alto tribunal ha confirmado la sentencia.

La Audiencia consideró probado que el 17 de marzo de 2022 la víctima salió de su casa y el acusado se acercó a ella con ánimo de atentar contra su vida. "Tenía pensamientos delirantes acerca de que su familia estaba sufriendo un agravio por parte de sus vecinos", relata la sentencia, que explica que después le asestó múltiples puñaladas con un cuchillo.

Ella, para protegerse, empujó la puerta del portal y el procesado la siguió hasta que apareció su madre. Le cogió de los brazos y lo sacó del portal, momento en el que la víctima cerró la puerta del portal. Ante las llamadas de auxilio y los gritos, salió el marido, que al ver a su mujer en el suelo, con heridas por arma blanca, abrió la puerta del portal, y en ese momento el procesado se dirigió hacia él para agredirle, al tiempo que le decía “a ti también te tengo que matar”. Cerró de nuevo la puerta, aunque el procesado la golpeó causando desperfectos tasados en la cantidad de 193’60 euros.

Como consecuencia de lo anterior, la víctima sufrió cuatro heridas por arma blanca que "supusieron un peligro para la vida". Precisaron, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento quirúrgico y médico. Tardó en sanar 285 días, y le quedó como secuelas un estrés postraumático grave y un perjuicio estético moderado.

A la hora de dictar sentencia, la Audiencia Provincial tuvo en cuenta que el acusado padece una esquizofrenia paranoide de larga evolución, de un carácter persistente e irreversible, con tendencia a la agravación cuando no se toma el tratamiento. Precisamente, el día de los hechos se encontró "descompensado", no tenía capacidad para entender la ilicitud de los hechos cometidos.

Por eso se le condenó a medidas de seguridad consistentes en el internamiento en centro psiquiátrico penitenciario o educación especial por tiempo máximo de 9 años por el delito de homicidio intentado y máximo de 1 año por el delito de amenazas. Además, debía indemnizar a la víctima con 45.000 euros y pagar a la comunidad los desperfectos de la puerta. Contra esta decisión se presentó recurso, que ahora ha sido desestimado.

 

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