Más de 3.000 propietarios de Jaén deberán justificar sus alquileres de corta duración

La provincia cuenta con 1.177 viviendas de uso turístico y 1.581 viviendas turísticas de alojamiento rural registradas
Más de 3.000 propietarios de la provincia de Jaén estarán obligados a justificar los alquileres de corta duración a partir del próximo mes de febrero, conforme al nuevo sistema estatal impulsado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
La provincia cuenta con 1.177 viviendas de uso turístico y 1.581 viviendas turísticas de alojamiento rural registradas, según datos facilitados por la Junta de Andalucía a este periódico, correspondientes al cierre de 2025. De las del primer tipo, 270 se localizan en la capital jiennense, de acuerdo con los registros del Club de Anfitriones de Airbnb.
El arrendamiento de corta duración se define por destinar el inmueble a un uso distinto al de residencia habitual y permanente. Este tipo de alquiler atiende a necesidades temporales, como estancias vacacionales o turísticas, alojamiento de estudiantes, desplazamientos laborales, tratamientos médicos u otras circunstancias puntuales que no implican una necesidad estable de vivienda.
La orden ministerial que aprueba el nuevo modelo informativo anual obligatorio para estos arrendamientos es de aplicación en todo el territorio nacional. Dicho modelo deberá presentarse una vez al año, cada mes de febrero, con los datos correspondientes al ejercicio anterior.
Aunque la norma entró en vigor el pasado 2 de enero, el texto —publicado en el Boletín Oficial del Estado el 31 de diciembre— establece que la información relativa a los alquileres de corta duración realizados en 2025 deberá presentarse ya en febrero de 2026, utilizando el nuevo modelo aprobado.
LA VÍA PARA PRESENTAR LA INFORMACION
El depósito del modelo podrá realizarse tanto de forma presencial como por vía telemática, a través de la plataforma digital del Colegio de Registradores. La normativa prevé, además, que si se detecta un uso indebido del número de registro —distinto del fin para el que fue concedido—, el registrador podrá revocarlo, lo que supondrá la cancelación de la correspondiente anotación registral.
En la práctica, el sistema de control se articula a través de los registros de la propiedad, que asumirán la recepción anual del modelo informativo. La orden atribuye a los registradores un papel clave en las tareas de supervisión y verificación. En caso de existir indicios razonables de que la finalidad declarada no se ajusta al uso real del inmueble —por ejemplo, si el tipo de arrendamiento no coincide con el inscrito—, podrán requerirse documentos adicionales.
La circunstancia obliga a los titulares a conservar la documentación acreditativa y a tenerla disponible en caso de requerimiento, en el momento de formalizar el depósito del modelo informativo.
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