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El TSJA rebaja a un año y un mes de prisión la condena a un funcionario de Hacienda en Jaén por malversación

Por Fran Cano - | Actualizado:
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El TSJA rebaja a un año y un mes de prisión la condena a un funcionario de Hacienda en Jaén por malversación
Acceso a la sala de vistas de la Audiencia de Jaén. Foto: Fran Cano.

El tribunal estima parcialmente el recurso y reduce la pena al arquitecto que vendió radiadores y una caldera procedentes de la reforma de la sede de la Agencia Tributaria

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena impuesta a un funcionario de la Agencia Tributaria en Jaén por un delito de malversación de caudales públicos relacionado con la venta de material procedente de la reforma del edificio de la delegación provincial.

El caso se remonta a las obras de reforma realizadas entre 2016 y 2018 en la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Jaén. La sentencia, dictada el 4 de marzo y a la que ha tenido acceso este diario, estima parcialmente el recurso presentado por la defensa contra el fallo previo de la Audiencia Provincial de Jaén. El tribunal reduce la pena inicial de dos años de prisión a un año y un mes de cárcel, además de imponer una multa de cuatro meses y dos años de inhabilitación para empleo o cargo público.

El acusado, arquitecto de Hacienda y director de obra del proyecto, era responsable de los bienes que debían retirarse del edificio durante los trabajos. Según los hechos probados, parte del material —entre ellos radiadores, luminarias, equipos de climatización y otros elementos— fue trasladado a una nave de una empresa privada por falta de espacio en el inmueble durante la ejecución de la obra.

Sin embargo, el tribunal considera acreditado que el funcionario vendió por su cuenta al menos 773 elementos de radiadores y una caldera, aprovechándose, presuntamente, de bienes de titularidad pública.

EL MOTIVO PARA BAJAR LA PENA

La Sala del TSJA descarta, en cambio, que también vendiera un grupo de presión, como recogía la sentencia inicial, al no existir pruebas suficientes que lo acrediten. Por este motivo, los magistrados reducen la pena y excluyen ese elemento de la responsabilidad civil.

La resolución mantiene que los hechos encajan en el delito de malversación, ya que el acusado, en su condición de funcionario, tenía bajo su custodia bienes públicos y se benefició de su venta.

No obstante, el tribunal aplica una atenuación al considerar que el valor de los materiales vendidos no supera los 4.000 euros y que parte de los objetos estaban destinados inicialmente a vertedero.

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