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Les compensan con 3.300 euros por cancelar su vuelo

Por Esperanza Calzado - Abril 14, 2019
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Les compensan con 3.300 euros por cancelar su vuelo
Foto: Puxabay.

Dos de los cuatro afectados por la cancelación de un viaje de regreso a Nueva York tuvieron que comprar otros billetes para poder regresar a casa a tiempo e incorporarse al trabajo

Empieza la Semana Santa y muchos estarán pensando en el viaje que tienen previsto para los próximos días. Viajar es un placer, además de un acicate cultural. Pero, a veces, puede suponer un calvario. Es lo que le ha pasado a un matrimonio y a dos amigos que a finales del año pasado viajaron a Nueva York. Facua Jaén ha conseguido que una compañía aérea compense a uno de sus socios y sus tres acompañantes con 3.319,6 euros por la cancelación de un vuelo que les obligó a comprar otros billetes de vuelta para poder regresar al lugar de origen en la fecha prevista.

Manuel Martínez, su mujer y dos amigos contrataron un viaje de vacaciones desde Madrid a Nueva York para octubre de 2018. Lo hicieron con la compañía aérea ASA Norwegian Air Shuttle. Tenían que volver el 18 de octubre y ahí empezó su calvario. Cuando estaban en el aeropuerto, listos para embarcar y regresar a casa, en el mostrador les dijeron que se había cancelado el vuelo.

Primero les dijeron que les iban a reubicar en otro con salida un día después. Este cambio les supuso un trastorno, ya que les obligaba a pernoctar en Madrid, que no era su lugar de su residencia, y además les iba a impedir incorporarse al trabajo en la fecha prevista por el fin de sus vacaciones. Manuel Martínez y su mujer prefirieron comprar billetes de vuelta con otra aerolínea para ese mismo momento y reclamaron por correo electrónico a Norwegian la cancelación y la compensación que legalmente les correspondía. Sin embargo, sus dos acompañantes decidieron regresar en el vuelo que les ofrecía la aerolínea al día siguiente.

Nada más aterrizar en Madrid, el matrimonio acudió al mostrador de Norwegian del Aeropuerto Madrid Barajas Adolfo Suárez para interponer una reclamación formal, pero la empresa no lo permitió. Así lo explica Facua Jaén, de cuya organización es socio Manuel Martínez. Tan sólo les admitió las quejas a través de su página web. A respuesta de su solicitud, la aerolínea les indicó que sólo procedería a devolver las cantidades abonadas correspondientes a los vuelos de vuelta cancelados.

Es por eso que decidieron poner el caso en manos de Facua Jaén, que gestionó la reclamación. De acuerdo con la información facilitada por la organización de consumidores, en el escrito se recordaba que Norwegian debía compensar a los afectados con 600 euros por persona, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento Europeo 261/2004 del Parlamento y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen las normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarques y de cancelación o gran retraso de los vuelos.

Así, el artículo 5 del citado Reglamento, relativo a la cancelación de vuelos, indica que "los pasajeros afectados tendrán derecho a una compensación por parte del transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo conforme al artículo 7". A su vez, el citado artículo 7 recoge que los pasajeros recibirán una compensación por valor de 600 euros para vuelos no intracomunitarios de más de 3.500 kilómetros de distancia. Además, en reiterada jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se indica que el derecho de compensación existe aun cuando se ofrezca por parte de la compañía aérea un vuelo alternativo.

Las cantidades incluyen precisamente el importe del propio billete de vuelta que fue cancelado (809,60 euros correspondientes a dos billetes), la compensación correspondiente de acuerdo al Reglamento europeo vigente (2.400 euros, esto es, 600 euros por cada uno de los cuatro afectados) y la diferencia entre el precio que ellos habían pagado por este vuelo y el nuevo que tuvieron que comprar sobre la marcha para poder regresar a tiempo (110 euros por dos billetes).

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