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La quema de restos de poda y mobiliario acaba afectando a una vivienda

Por Esperanza Calzado - Mayo 23, 2023
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La quema de restos de poda y mobiliario acaba afectando a una vivienda
Conato de incendio en Los Villares. Foto: Policía Nacional Adscrita.

La Policía Nacional Adscrita pone a disposición judicial a una persona por presuntamente quemar restos de poda y mobiliario y provocar un daño ecológico

La Junta de Andalucía tomó una decisión extraordinaria por las particulares circunstancias climáticas de esta primavera y dentro de su estrategia de prevención de los incendios forestales. Firmó una orden en la que prorroga la suspensión temporal de todo tipo de quemas agrícolas hasta el 15 de octubre, fecha en la que finaliza la época de peligro alto de incendios forestales, fijado por el Plan Infoca. Sin embargo, hay quien hace caso omiso.

Agentes de la Policía Nacional Adscrita a Andalucía informaron ayer del conato de incendio en la ribera del Río Eliche, en Los Villares. Según las mismas fuentes, el origen es la quema de restos de poda y de mobiliario.

Como consecuencia se ha producido un daño ecológico, además de que una vivienda ha resultado afectada. El causante ha sido puesto a disposición judicial, tal y como confirma la Policía Nacional Adscrita. 

La Junta hizo, hace unas semanas, un llamamiento para que los ciudadanos extremen las precauciones dadas las condiciones climáticas que está sufriendo Andalucía durante esta primavera, pese a que ahora está lloviendo. Por eso, prohibió la quema de matorral, pastos y residuos procedentes de tratamientos selvícolas, fitosanitarios y otros trabajos forestales, así como la quema de rastrojos o residuos en labores agrícolas que se realicen en Zona de Influencia Forestal (las que están a 400 metros de zonas forestales).

También se suspenden las autorizaciones y notificaciones de quema y suspensión del uso del fuego en zonas recreativas y de acampada acondicionadas para su empleo y el uso del fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras, y las zonas recreativas y de acampada, aun estando habilitadas para ello.

No obstante, previa autorización de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, podrán realizarse las actividades que se relacionan en el artículo 2 de la Orden de 21 de mayo de 2009, por la que se establece limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal.

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